El Varón
Castrado
Reproducimos
por su interés un extracto del libro ‘El varón castrado’, de José Díaz Herrera,
en el que se denuncia la dictadura de género que padecen los hombres españoles
desde la puesta en marcha de una batería de leyes y medidas que reducen su
condición a la que tienen los parias en la India o a la de negros en la
Suráfrica de Pieter Willem Botha. A veces, para que todos nos entendamos, hay
que empezar por lo obvio: cuando una pareja contrae matrimonio y tiene
descendencia la patria potestad, guardia, custodia, tutela, curatela y
acogimiento de los menores se reparte al 50 por ciento entre sus progenitores.
No ocurre
así si, por las razones que sean, los padres se separan o se divorcian.
Entonces se produce un hecho insólito e injusto: salvo en algunos países en que
rige la custodia compartida, la patria potestad se atribuye a cada miembro de
la pareja pero la guardia y custodia se concede en exclusiva a la mujer.
Esta
barbaridad jurídica supone en la práctica que la madre se convierte en la
«dueña y señora» de los hijos a los que, con harta frecuencia, utiliza para
chantajear, someter y tener de rodillas a su ex marido como si se tratara de un
esclavo, y para convertirlo en una especie de Banco de España que sufrague sus
caprichos y extorsionarlo cuando le venga en gana.
Esta
concesión, que no es más ni menos que la burda expropiación de los derechos
paténtales a uno de los progenitores, se recoge ya en los códigos civiles del
siglo XVIII y XIX de muchos países. Tiene su origen, entre otras cosas, en un hecho
biológico impuesto por la naturaleza: en esa época las mujeres amamantan a la
prole. De manera que los padres que no podían sufragar un ama de cría y ante la
escasez de otros alimentos alternativos para los bebes, no tenían otra
alternativa que ceder los hijos a sus madres biológicas.
En la
actualidad, con millones de mujeres que desertan de la lactancia infantil para
que se le estropeen los senos o para no tener que renunciar a su puesto de
trabajo y a su independencia económica, y con el empleo masivo de las lechas
maternizadas artificiales no tiene fundamento real, jurídico ni legal alguno
ese privilegio. La práctica cotidiana y el derecho natural demuestran que
privar a una de las partes de la guardia y custodia es una tremenda aberración.
Constituye,
además, un semillero de conflictos y discordias entre la pareja de divorciados
y una de las «razones» por la que muchos hombres, hartos de soportar chantajes
y humillaciones insoportables, matan a sus ex mujeres y lo seguirán haciendo
pese a quien pese en los años venideros.
Porque la
concesión de guardia y custodia a la mujer constituye de hecho un diabólico
mecanismo para desposeer al hombre de todo cuanto tiene y sumirlo en la más
absoluta miseria: hogar familiar, enseres domésticos, coche familiar que pasan
a la mujer; obligarle por Ley y encadenarle de por vida a seguir pagando las
letras de un piso o de un coche que no va a volver a disfrutar nunca y
forzarle, además, a pagar una pensión alimenticia y de estudios para los niños
y, en algunos casos, hasta una pensión compensatoria a la mujer.
Todo ello se
hace bajo la excusa del interés del menor, el único bien a proteger cuando los
matrimonios fracasan según nuestro derecho positivo. Sin embargo, son cada vez
más los tratadistas que piensan que, en pleno siglo XXI, donde la mujer trabaja
o puede hacerlo, donde puede tener garantizada, si quiere, su independencia
económica y su plena realización personal y profesional, no es de recibo que un
varón separado tenga que seguir trabajando el doble para mantener a una ex
mujer ─ a la que en muchos casos aborrece (y viceversa) ─, y a su nueva
familia.
Pero así son
las cosas en esta sociedad en la que muchas hijas de la diosa Venus, ─
amparadas por el feminismo radical y el Gobierno ─ pretenden disfrutar de
plenos derechos en la sociedad sin renunciar al privilegio de extorsionar al ex
marido embrutecido por el exceso de trabajo, sojuzgado de por vida o llevado a
la desesperación y la miseria más absoluta.
SEMILLERO DE
CONFLICTOS
No hace
falta que nadie recuerde que, oficialmente, pasar de una sociedad no tan
patriarcal como se ha pintado en numerosos libros y folletos a una mixta con
iguales derechos y deberes, en la que los progenitores tengan la custodia
compartida de los hijos no es fácil. Al principio, sin duda, causará muchos
problemas por parte de muchas mujeres envenenadas y decididas a todo, incluso a
acusar a sus ex maridos de violación de menores y a otros tejemanejes y
triquiñuelas judiciales para recuperar el viejo y privilegiado status y que el
llamado «interés del menor» se convierta, de hecho, en un medio para crear una
sociedad de hombres esclavos y dependientes de mujeres a las que no aman y de
individuas acostumbradas a vivir como parásitos sociales, sin oficio pero con
muchos beneficios, y a ser mantenidas a perpetuidad.
El caso más
paradigmático de todo lo dicho hasta aquí es, sin duda, la batalla campal, la
guerra a muerte y sin cuartel ─ donde todo vale con tal de matar socialmente al
ex marido, de aniquilarle profesionalmente ─ que mantienen en los tribunales
desde hace ocho años dos de las más ilustres familias de Las Palmas de Gran
Canaria, la impoluta y sacrificada dama Margarita Manrique de Lara Martín-Neda,
su ex marido, el polémico y controvertido empresario, hombre de confianza de la
multinacional de la familia Bouygues en Canarias, Rafael González Bravo de
Laguna, más conocido por «El Urraca» y el miembro del equipo olímpico de Vela,
Agustín Juárez.
Según consta
en autos judiciales ─ que no hay nada que se cuenta aquí que no haya tenido
antes un escribano judicial ─ el nudo gordiano de esta extravagante tragedia
griega arranca cuando el trasunto de la dama de las camelias canaria, se
enamora del tal G. Bravo de Laguna, sin tener en cuenta que está casado y que
no podía llevarla al altar. Prendada de los supuestos encantos varoniles, la
susodicha, fornicó a placer con él en el hotel Santa Catalina de Las Palmas sin
preocuparse de que su amante usara una «camisiña do pito» hasta que ocurrió lo
inevitable: se quedó lo que se dice preñada.
Como la
llamada Margarita Manrique de Lara decía ser extremadamente puritana, bastante
temerosa de Dios y aparentemente creyente, salvo en lo que compete al sexto
mandamiento, a González y Bravo de Laguna le salieron muy caros sus escarceos
extra matrimoniales. Porque, como si estuviéramos en el siglo XV, la familia
Manrique de Lara le obligó a lavar la honra de la virtuosa doncella ─ sin
mancha ni pecado original ─ y a casarse con ella, cosa que hizo en el Registro
Civil 3 años más tarde y por la iglesia, con la bendición del Santo Padre que
les envió incluso unas indulgencias plenarias (la Iglesia, como siempre,
dispuesta a bendecirlo todo) diez ─ si DIEZ ─ años más tarde, cuando el retoño
estaba a punto de ir a la mili.
Pero como lo
que mal empieza mal acaba, debido a que su marido que la tiene por una
desequilibrada mental algo paranoica ─ según consta en autos ─ se negó a darle
más hijos para evitarle sufrimientos a estos. Doña Margarita Manrique de Lara,
sin embargo, aspiraba a tener familia numerosa para lo que llevaba tejidas
siete canastillas, y a comienzos del 2.000 se empeñó en adoptar niñas rumanas.
Y tal interés puso en la empresa que su marido, para que lo dejara en paz, dio
su consentimiento como cabeza de familia para que se acogiera en el hogar
familiar a una menor, inscrita en el Registro Civil como hija de los dos.
Como, por
otra parte, la supuesta señora decía sentirse falta de cariño, de esa ternura
que solo los buenos amantes son capaces de proporcionar, decidió buscarse un
bergantín con eso, llamésmole una berga o palo mayor en buen uso y sin
astillar, miembro del equipo olímpico español de vela, Agustín Juárez, lo
sedujo según cuenta él, y se lo llevó al huerto.
Tras cuatro
meses de infidelidades sin tomar ninguna protección, el cambio de semental
provocó lo que era inevitable que ocurriera. La dama-dama de alta cuña y de
baja cama, como habría cantado la desaparecida Cecilia, se presentó ante sus
amigas luciendo un estómago tipo cabo de buena esperanza. De nuevo, para evitar
que alguien se atreviera a confundirla con una casquivana ─que hay gente para
todo ─ y ella estaba casada y era toda una señora, la prepotencia, la soberbia
del entorno familiar de los Manrique de Lara se movilizó al unísono al igual
que los señores medievales: Rafael G. Bravo de Laguna fue obligado a reconocer
como suya a la menor concebida fuera del lecho conyugal y a cargar de por vida
con unos cuernos del tamaño de las desaparecidas torres gemelas, que tampoco
hay que exagerar.
Así que
forzado por su familia política como ha quedado dicho, y resuelto a la que
infidelidad un fuera conocido en los ambientes financieros donde se movía, el
marido, que de santo no tiene nada, no nos vayamos a engañar, accedió a lucir
el trofeo cinegético, nueve puntas, medalla de oro, lo que le permitió seguir
ejerciendo con la cabeza muy alta su oficio de ejecutivo de la sociedad Saur y
de presunto conseguidor, que en algunos casos es una forma educada de llamar
los especuladores y sinvergüenzas de tomo y lomo.
Y ocurre
que, en el año del señor de 2002, Margarita Manrique de Lara, a la que en
algunos ambientes grancanarios se conoce jocosamente como la «semper virgini»
rompió aguas y la pareja, amarras. El feliz matrimonio se divorció de mutuo
acuerdo el 14 de abril, en el año 27 del reinado del Rey Juan Carlos (que Dios
guarde) y sexto de José María Aznar. Los ex esposos suscribieron el
correspondiente convenio regulador ante un juzgado de familia grancanario
mediante el cual el padre jurídico de las dos niñas, A y falsamente biológico
de la otra, M., en lugar de poner el grito en el cielo y sacar a relucir su
condición de cornudo y apaleado se comportó como marca la Ley: dejó a su mujer
la casa de Reyes Católicos e hizo entrega a la mujer de una suculenta pensión
alimenticia y educativa.
A cambio,
pese a que figuraba a todos los efectos en el Registro Civil como el padre de
una de las niñas y lo era a todos los efectos, se le trató como si fuera un
convidado de piedra, un extraño al matrimonio. Se le concedió las migajas, como
a los perros sarnosos, es decir, un régimen de visitas a las niñas los fines de
semana alternos y las partes proporcionales de las vacaciones de semana santa,
navidad y verano.
SE VA EL
CAMIMAN
Mucho antes
y durante los años de matrimonio, Rafael González y Bravo de Laguna, que no
tenía separación de bienes con su ex esposa, había amasado, una considerable
fortuna, utilizando para ello todo un entramado de sociedades en su mayoría
privativas, con cuentas en Suiza y probablemente en las islas Caimán. Margarita
Manrique de Lara, de profesión sus labores, no había contribuido a ello pero
aspiraba a la mitad de tan suculento botín.
Pero
«casualmente» el abogado de las dos partes se «olvidó» de disolver con el
matrimonio la sociedad de gananciales dando a cada uno lo suyo. Y no lo hizo
para perjudicar a quien tanto había contribuido a engrandecer el patrimonio
familiar y a enaltecer el apellido paterno sino por algo más prosaico. Muchas
de las empresas, al parecer, pertenecían, completamente o en parte, a políticos
y personajes públicos del Archipiélago de los que El Urraca sería un simple
fiduciario o testaferro.
Y ahí en el
vil metal parece estar la raíz del conflicto que enfrenta a la pareja desde
2002 hasta la fecha utilizando a las dos niñas como moneda de cambio, como
siniestro instrumento de chantaje, lavándoles el cerebro una y otra vez a las
menores para poder manipularlas y ponerlas en contra del marido al que llaman
Rafael y no papa o padre, como es habitual en cualquier familia.
Porque lo
que no sabían por entonces ni el Obispo de Las Palmas de Gran Canaria, Ramón
Echarren Ystúriz ni el mismísimo Papa Benedicto XVI, en cuyo nombre se promueve
meses más tarde la nulidad matrimonial, es que Margarita Manrique de Lara iba a
comportarse en adelante como una Mantis Religiosa, como una Viuda Negra, cuyo
único objetivo sería eliminar a los dos machos «a los que había adorado tanto»,
para quedarse en exclusiva y a perpetuidad con la «propiedad» y el usufructo de
las dos menores y emplearlas para vengarse de sus ex esposos y es amantes.
Fue así que
a lo largo del año 2002 se negó unilateralmente a cumplir el convenio de
separación y pretendió separar definitivamente a sus hijas de su padre y
padrastro, sin que las quejas del último ante los juzgados de familia ni las
advertencias de desobediencia a los tribunales surtieran efecto sobre la dama,
que sin recato alguno se pasó una y otra vez a la Justicia por el forro de sus
entretelas.
Meses más
tarde, en el otoño de ese mismo año, y a la vista de que no consigue sus pretensiones
pecuniarias, la tal Manrique de Lara da un nuevo salto cualitativo. Para
fastidiar aún más a su antigua media naranja y alejarle de las niñas pone
tierra de por medio y se va a vivir a Jerez de la Frontera sin que exista razón
alguna para el cambio de domicilio (oferta de trabajo, arraigo familiar,
vecindad ni nada por el estilo que justifique la medida).
Para burlar
a la Justicia, que como se sabe en muchos casos es más ciega de lo que parece,
y no cumplir el régimen de visitas ni una sola vez, se inventa decenas de
enfermedades ficticias de las niñas hasta que una empresa de detectives la
pesca con las manos en la masa y uno de los juzgados de familia de Las Palmas
la conmina a cumplir el convenido regulador firmado voluntariamente por ella.
Pero hete
aquí que Dios siempre está con los justos y limpios de corazón. Tras año y
medio de incumplir sistemáticamente la Ley, cuando por primera es obligada a
entregar a las menores al padre, descubre algo que no había averiguado en más
de diez años de matrimonio: éste es un sádico violador, que somete a una de las
menores a «tocamientos» equivalentes a abusos sexuales, según denuncia la madre
ante los tribunales. Y para que nadie dude de su palabra, aporta como prueba
irrefutable dos informes de dos centros sanitarios diferentes que dicen todo lo
contario: lo que la señora interpreta como abusos sexuales es probablemente
enfermedad genital benigna, habitual en los menores, producida o por los hongos
o tal vez por el jabón.
EN TRES
OCASIONES HA ACUSADO FALSAMENTE A SU EX MARIDO DE ABUSOS SEXUALES A UNA MENOR,
SIN QUE LA JUSTICIA HAYA DEDUCIDO TESTIMONIO Y LA HAYA METIDO EN LA CÁRCEL
La falsa
acusación de abusos sexuales de la sujeta en contra de su ex marido constituye
la más grave injuria que puede formularse contra un hombre. Además de los
estigmas familiares y sociales que conlleva, el delito en caso de cometerse
está fuertemente penalizado en el derecho positivo. Tampoco era nada nuevo.
Desde que se implantó el divorcio en las sociedades occidentales, constituye el
arma más letal utilizada por las mujeres avariciosas, envenenadas y
desaprensivas para quitarle de por vida la descendencia a sus maridos.
Así lo
interpretó un juzgado de familia de la isla que archivó el asunto, decisión que
ratifica en todos sus extremos la Audiencia Provincial sin deducir testimonio
ni abrir diligencias contra la mujer por denuncia falsa, que es lo que hubiera
procedido en un Estado de Derecho donde la buena fe de la madre en los procesos
contencioso es conveniente ponerla a veces en cuarentena.
ESPADA DE
DAMOCLES
Pero no
ocurrió así. El tribunal archivó el asunto sucesivamente en dos instancias sin
que la madre recurriera la medida ya que lo que ésta pretendía, según la
Audiencia Provincial, era utilizar a los tribunales para retirar el régimen de
visitas a su ex esposo, lo que consiguió.
Pero hete
aquí que, en el momento en que queda judicialmente demostrado que no hubo tal
abuso sexual, se levantan las medidas cautelares, se restablece el régimen de
visitas con el padre, y se intenta aplicar la Ley por segunda vez, la espada de
Damocles de los falsos abusos sexuales reaparece de nuevo.
Aunque el
asunto estaba archivado definitivamente y debía considerarse materia juzgada
según algunos tratadistas del Derecho, sin que exista ni un solo hecho nuevo,
con un informe supuestamente amañado de una psicóloga de Jerez, se pretende
abrir de nuevo el proceso.
Como se
trata de un delito grave, que puede traumatizar de por vida a una menor, la
Justicia accede a reabrir la causa. Y la sala de lo civil de la Audiencia
Provincial demuestra por segunda vez, sin la menor duda razonable, que la
denuncia es un nuevo ardid, un burdo artificio, que busca un fin espurio:
privar al padre del régimen de visitas con las niñas.
Y los
tribunales, como siempre, en su papel de mirar para otro lado salvo
excepciones: pese a que todos los elementos vuelven a estar en su contra, a la
madre vengativa, a la Mantis Religiosa decidida a destruir la reputación de su
ex marido, la nueva denuncia falsa vuelve a salirle gratis.
A partir de
entonces, Rafael González Bravo de Laguna, El Urraca, no está decidido a que se
siga jugando con su buen nombre (es una forma de expresarse) ni a que se
instrumentalice un día más a sus hijas adoptivas en su contra y da un paso más.
Como la justicia civil no es capaz de darle las satisfacciones a las que es
acreedor y poner coto a la maldad de una de las partes, acude a la Justicia
penal. Una práctica bastante habitual en muchos casos.
Estamos en
el año 2006. El Juzgado de Instrucción número 7 toma cartas en el asunto, llama
a capítulo a la delincuente, le advierte que lleva años desobedeciendo de
manera reiterada y pertinaz los pactos judiciales suscritos de mutuo acuerdo
con su ex esposo. Y que, en adelante, burlarse de la Justicia no le va a salir
gratis. Le supondrá la perdida de la guardia y custodia de las niñas en
beneficio del otro progenitor y el ingreso en prisión.
Así, el 14
de julio de ese año, bajo apercibimiento de cárcel, Margarita Manrique de Lara
y Martín-Neda es obligada a llevar a las niñas al juzgado, a entregárselas al
juez y al secretario quienes, a su vez, se las entregan al padre para que se
cumpla el régimen de visitas.
Fue una dura
lección sin duda. Pero el encuentro paterno-filial sólo ocurrió una vez. La
mujer sigue empecinada en situarse al margen de la Ley, al igual que los
forajidos del Oeste americano. El 1 de septiembre de ese año, cuando debe
regresar a Las Palmas para que su padre pueda ver por segunda vez en cuatro
años a las menores, poniendo en práctica casi todas las agravantes que
establece el Código Penal, se escapa a Portugal con sus hijas con el claro
propósito de incumplir el convenio regulador.
Con todos
los apercibimientos previos y la advertencia retirarle la guardia y custodia de
las niñas, su acción puede incardinarse en el típico delito de secuestro o
sustracción de menores, claramente tipificado en el Código Penal, pese a que la
madre siguiera ostentando provisionalmente la guardia y custodia de sus hijas,
condicionada esta al cumplimiento de la Ley.
Así lo
estimó el titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Las Palmas de Gran
Canaria quien le imputó dos delitos ─ desobediencia y retención de menores ─
dictó inmediatamente una orden de busca y captura internacional en contra de la
fugitiva, alertó a la policía, ordenó la intervención de teléfonos de sus
familiares y puso en marcha todos los mecanismos posibles para localizarla por
tierra, mar y aire.
Tal medida
tiene su justificación en una interpretación cabal del Derecho ─ y no en la
jurisprudencia del Supremo, sesgada siempre en beneficio de una de las partes ─
según la cual la concesión de la guardia y custodia de los hijos es una gracia
o beneficio que se concede a la madre, en detrimento del otro progenitor que
resulta siempre perjudicado. Pero esta gracia o beneficio no permite al que la
ostenta utilizarlo de manera exclusiva y, mucho menos, excluyente para
perjudicar aún más su marido, que ya ha salido menoscabado en sus derechos por
la Ley, estableciendo todo tipo de barreras para retener a las menores en su
propio beneficio y hace imposible el cumplimiento del régimen de visitas.
EL TERCER
HOMBRE
De ahí que
aprehendida la sujeta fuera encarcelada por tres días y desposeída de la
guardia y custodia de la prole en beneficio de su marido. Pero, en ese justo
momento, la situación da un nuevo giro y se complica aún más.
El padre
biológico de M., una de las menores, irrumpe en escena y reclama ejercer su
derecho de padre, que hasta entonces le habían sido negados sistemáticamente
por los juzgados, al no haberse hecho la prueba de paternidad y demostrarse al
99’99 por ciento que El Urraca había estado ejerciendo durante seis años unos
derechos de paternidad que no le correspondían.
A partir de
entonces, el folletín ─ producto de otro «folletín» menos literario ─ entra en
un nuevo y más complicado estadio. Dispuesto a ostentar la paternidad de las
dos niñas en exclusiva, Rafael González Bravo de Laguna trata de persuadir al
padre biológico de M., que le ceda sus derechos y que, en adelante, «jamás
tendrá problemas económicos», lo que éste interpretarse como un intento de
«comprarle» a la niña.
EN ESTE
BOCHORNOSO ASUNTO, LOS CHANTAJES, LOS INTENTOS DE COMPRAR A LAS NIÑAS Y HASTA
LAS AMENAZAS DE MUERTE HAN ESTADO A LA ORDEN DEL DÍA
Por su
parte, la representación letrada de Margarita Manrique de Lara, da un paso más.
Argumenta ante el juzgado de familia 3 de Las Palmas que la niña le había sido
«vendida» a la madre en 2003 por el progenitor masculino por la suma de 10.000
euros, ingresada en la cuenta de un amigo.
Agustín
Juárez, el padre, regatista internacional de reconocido renombre, no sólo niega
esta fantasiosa y abracadabrante historia mediante la cual pretenden
presentarle socialmente como un «padre de alquiler», como un individuo
desalmado que accedió a copular con la Viuda Negra a cambio de precio o
recompensa. « Cómo se puede decir esa disparate cuando sólo en pleitear ante los
tribunales hasta lograr que se hiciera la prueba del ADN que demuestra que soy
el padre de M. llevo gastados más de 30.000 Euros».
Al no
existir acuerdo entre el otrora «triángulo amoroso» acerca de quien debe
ostentar la patria potestad de las niñas, empezaron las advertencias al varias
veces campeón de España de vela. De ahí, sin solución de continuidad, se pasó a
su desprestigio profesional ante los tribunales ─ es un indigente que no tiene
donde caerse muerto ─ y a las amenazas de muerte por una de las partes con el
fin de que renuncie a su hija a la que, después de siete años, ha podido
abrazar y llevarse a su casa para que la conozcan sus padres y demás
familiares.
Al igual que
Benito Pérez Galdós y para entretenimiento y esparcimiento del personal, implicando
a jueces, magistrados y fiscales, falsificando pruebas, «comprando» decenas de
testigos con los que posteriormente acaba peleándose sistemáticamente por no
repetir al pie de la letra sus instrucciones ante los juzgados, insultando y
zahiriendo a todo el mundo como si no hubiera más problema que el que ella
misma ha creado, la folletinesca dama esta dispuesta a escribir, con trazos
gruesos, una nueva y burda versión los Episodios Nacionales.
Tras la
retirada de la guardia y custodia de las niñas, por tercera vez y pese a haber
sido apercibida de palabra por el tribunal de que podría incurrir en varios
delitos de denuncia falsa, abuso de derecho y fraude de Ley si presentaba una
nueva denuncia infundada acusando a su ex esposo de «abuso de menores», al poco
vuelve a las andadas.
LA FALSA
MAGDALENA
Para burlar
la Ley esta vez no es la atribulada y llorosa madre que lucha a brazo partido
por sus hijos la que comparece ante la Justicia. En lugar de la falsa Magdalena
lo hace su padre, letrado en ejercicio, quien narra un episodio más de la
Guerra de las Galaxias, que no convence ni al más ingenuo de los mortales.
Según su
versión ante la Policía, la menor A., le contó a su mujer María Jesús que su
padre adoptivo la había «toqueteado» (sic) durante un visionado de la película
«Sexo en Nueva York». María Jesús, por su parte, contradice esta versión y
asegura que la niña se lo contó a Pepe, su marido.
Lo más
curioso de todo es que, en lugar de acudir a los tribunales, concretamente al
juzgado de menores, que es a lo que ha lugar, especialmente teniendo en cuenta
que el abuelo, José Manrique de Lara y Bosch es un letrado de 82 años de edad
con más de ejercicio profesional, llaman a una amiga ociosa de la madre para
que inmortalice las palabras de la niña en un vídeo y «fabricar» una prueba de
cargo por su cuenta.
El tercer
montaje se cae por si mismo cuando el juzgado de instrucción comprueba que la
niña «violada» desmiente lo que cuenta en el vídeo y declara que ha sido
inducida a «imputar» a su padre y se aprecia, además, que la madre, que ha
hecho de los abusos sexuales causus belli en contra de su ex marido, ni
siquiera se persona en el procedimiento.
En los
tribunales de Las Palmas los jueces se hacían cruces y no dejaban de
preguntarse dónde estaba la «madre coraje», que se había hecho de su
sensibilidad y de ese instinto maternal, que no le había forzado a rebelarse y
saltar como una hiena ante un flagrante delito de abuso de una tierna criatura.
Cuando se
unió a la causa, los intentos anteriores de manipulación de la Justicia con
falsas argucias e inimaginables artificios, quedó claro el extraño proceder de
la made. Su nueva estrategia de machacar a su ex amante y ex marido quedó al
descubierto pero, tras un extenso interrogatorio del instructor, no se pudo
demostrar que la interfecta era la hábil muñidora de un «delito inventado» para
cavarle el rejón de muerte a su otrora media naranja.
En este
contexto, en junio de 2009, el juzgado penal 5 de Las Palmas de Gran Canaria
absolvió a Margarita Manrique de Lara y Martín-Neda del delito de sustracción
de menores. Según la sentencia, aunque huyó a Portugal para delinquir
sustrayendo a las menores del control de su padre, aplicando la doctrina
tradicional el tribunal unipersonal interpretó que no hubo sustracción de
menores por el simple hecho de que nadie le retiró previamente la guardia y
custodia de los hijos.
Lo cual es
cierto con reservas ya que la fugitiva tras haber sido apercibida
reiteradamente de un delito de desobediencia y de pertinaz abuso de derecho,
puso pies en polvorosa a sabiendas de que se situaba al margen de la Ley. Y
estando ilocalizable, era poco factible hacerle llegar una decisión judicial
retirándole los derechos sobre los menores.
La
sentencia, obviamente, es bastante mediocre ya que no hace suyas las
intenciones del legislador al regular la patria y custodia como un privilegio,
una regalía o especie de franquicia a la mujer y lo consagra como un derecho
absoluto, que permite detentar con carácter exclusivo de los hijos y privar a
segundas o terceras partes de los derechos inherentes a la paternidad ni entra
a valorar el daño causado por la madre a los menores al privarle de la
presencia de sus respectivos padres de manera intencionada, con el exclusivo
fin de conseguir otras metas que por muy legítimas que sean, no están en
concordancia con el interés del menor, el único bien legítimo a proteger.
LA VIUDA
NEGRA NO PUEDE SEGUIR HACIENDO LO QUE LE VIENE EN GANA. ASÍQUE LAS PARTES NO
TIENEN OTRA SOLUCIÓN QUE NEGOCIAR RESPETANDO SIEMPRE LOS DERECHOS DE LAS
MENORES
Disquisiciones
jurídicas al margen, que no vienen a cuento, la sentencia que contradice de
plano la investigación del Juzgado de Instrucción 6 de Las Palmas de Gran
Canaria, ratificada por la Audiencia, obliga a una revisión de derecho de
guarda de los menores, atribuida en los tres últimos años a Rafael González
Bravo de Laguna
LA NECESARIA
SOLUCIÓN
El papel de
la Audiencia Provincial de Las Palmas, que hace unas semanas se reunió para
votar y emitir su fallo, adaptando la sentencia penal al ámbito civil, no ha
debido ser nada fácil. Sus miembros habrán tenido que ponderar adecuadamente el
interés de las dos niñas, teniendo en cuenta su nuevo status social, su
integración en el entorno familiar en el que viven desde hace tres años, los
resultados escolares y los conocidos trastornos psiquiátricos o sicológicos de
la madre biológica de una de ellas, sus permanentes depresiones y sus
reacciones agresivo-compulsivas, su facilidad de pasar la de alegría al llanto,
su tremenda capacidad de fabulación y otras reacciones que, desde el punto de
vista de un profano que ha visto no menos de 3.000 casos similares recogidos en
mi libro El Varón Castrado, le incapacitan de plano para ejercer una maternidad
responsable.
Si la guarda
y custodia es una gracia concedida a la mujer y Margarita Manrique de Lara ha
hecho un abuso de este privilegio durante ocho años en su beneficio y en
perjuicio de su primer amante y marido, Rafael González Bravo de Laguna y,
posteriormente, en contra de su segundo amante, Agustín Juárez, la devolución a
la mujer de este privilegio sería por ende una incitación a que siguiera
haciendo de las suyas y tratando por todos los medios de deshacerse de los
hombres con los que vivió amancebada un tiempo y casada otro.
La Justicia,
obviamente, debería haber ponderado todos estos hechos y, de no haberlo hecho,
el 30 de este mes, la fecha en que se celebra la petición de Guardia y Custodia
sobre su hija M. por Agustín Juárez puede incluso enmendar en parte sus
errores.
Porque, en
contra de lo que proclaman las feministas más recalcitrantes, el hecho de
llevar en el vientre materno a un nasciturus durante nueve meses no otorga más
derechos a la mujer que al hombre quien, tradicionalmente, tenía que cargar
sobre sus espaldas la alimentación y educación del menor y muchas veces de la
madre hasta que el primero tuviera la mayoría de edad.
Las mantis
religiosas, que buscan la destrucción del hombre por el hecho de serlo, están
de sobra en una sociedad que se proclama estado social de Derecho, amparado en
el imperio de la Ley como expresión de la voluntad popular. En esta sociedad,
la prepotencia, la chulería, la arbitrariedad y la soberbia de los viejos
estamentos sociales ─ y los Manrique de Lara y Martín-Neda forman parte de
ellos ─ tienen iguales privilegios y obligaciones que el resto de los mortales.
Aunque ellos sigan pensando lo contrario y no duden en manifestarse de esa
guisa. De ahí que lo más razonable es que se de una vez la dama alta cuna y
baja cama se baje de su falso pedestal y negocie un nuevo convenio regulador
con por padres de las menores, siempre en beneficio de las niñas, que es lo que
más temprano que tarde ocurrirá.
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